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Aprobación del Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados 2021-2024

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El 5 de noviembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la aprobación del Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados para el periodo 2021-2024. Dicho plan contribuye a cumplir los compromisos asumidos por el Estado Mexicano en los Convenios Internacionales de Estocolmo y Minamata; además de que contribuirá al Eje General II. "Política Social" del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en el apartado "Desarrollo sostenible", el cual establece que el Gobierno de México está comprometido a impulsar el desarrollo sostenible, que en la época presente se ha evidenciado como un factor indispensable del bienestar, orientado a satisfacer las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades.

Fundamento normativo de elaboración del programa

El artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

Los sitios contaminados y sus fuentes

El concepto de sitio contaminado es definido por la LGPGIR (Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos) como: lugar, espacio, suelo, cuerpo de agua, instalación o cualquier combinación de éstos que ha sido contaminado con materiales o residuos que, por sus cantidades y características, pueden representar un riesgo para la salud humana, a los organismos vivos y el aprovechamiento de los bienes o propiedades de las personas.

El Programa menciona que la contaminación de sitios en México ha sido provocada por diversas actividades antropogénicas, incluyendo las siguientes:

A. Actividades mineras. Han generado grandes cantidades de jales y escorias, muchos de los cuales, fueron dispuestos inadecuadamente antes de que iniciara la regulación ambiental en México. La lixiviación de estos residuos contamina el suelo y potencialmente el agua.

B. Actividades del sector hidrocarburos. Ha generado contaminación por hidrocarburos y otro tipo de sustancias potencialmente tóxicas que han dañado suelo y cuerpos de agua.

C. Actividades agrícolas. El empleo de agroquímicos en las actividades agropecuarias y las prácticas inadecuadas, han impactado no sólo los suelos de las áreas en donde se aplican, sino que pueden afectar a los ríos, lagunas e incluso las zonas costeras.

D. Actividades industriales. La producción de bienes de consumo ha generado focos de contaminación por el manejo inadecuado de materiales peligrosos y todo tipo de residuos.

E. Instalaciones de servicio. Como las estaciones de servicio de gasolina, talleres de reparación de vehículos, estaciones e instalaciones de ferrocarriles, terminales de autobuses y aeropuertos entre otras, han generado contaminación de suelo y agua subterránea derivado de las fugas en contenedores de materiales peligrosos; derrames continuos de lubricantes; solventes orgánicos, u otro tipo de sustancias, así como por prácticas inadecuadas del manejo de las mismas.

F. Uso de aguas residuales en irrigación de campos agrícolas. El empleo de dichas aguas para riego de cultivos agrícolas provoca que los suelos y los cultivos se contaminen con los residuos químicos provenientes de descargas industriales y municipales.

G. Depósito de residuos de manera irregular (a cielo abierto). En estos sitios ocurre la disposición inadecuada de residuos sólidos urbanos que pueden estar mezclados con residuos peligrosos y cuya lixiviación contamina el suelo.

Repercusión en el bienestar de las personas

La contaminación del suelo y el agua tiene impactos negativos en el ambiente y en las personas. De acuerdo con el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (2017), los contaminantes en suelo degradan la biodiversidad y funcionamiento del suelo y pueden reducir la productividad agrícola, así como causar enfermedades e incluso la muerte en los humanos y en la flora y fauna silvestre.

La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, 2018) señala que la contaminación del suelo provoca una reacción en cadena, ya que altera la biodiversidad del suelo, reduciendo la materia orgánica que contiene y su capacidad para actuar como filtro, y genera contaminación en el agua almacenada en el suelo y el agua subterránea, provocando un desequilibrio de sus nutrientes.

Información sobre sitios contaminados en México

La SEMARNAT (Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales) cuenta con un INSC (Inventario Nacional de Sitios Contaminados) en el cual se registra la información de sitios que cuentan con una caracterización o estudio que indique su contaminación. La elaboración del inventario se deriva de las disposiciones contenidas en la LGPGIR y su Reglamento.

La información sobre sitios contaminados es obtenida de solicitudes de propuestas de remediación que son entregadas tanto en la DGGIMAR (Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas) de la SEMARNAT, como en la UGI (Unidad de Gestión Industrial) de la ASEA (Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos). De acuerdo con el INSC que tiene la SEMARNAT, a diciembre de 2018 en México existían 913 sitios contaminados, de los cuales 756 se localizan en zonas rurales y 157 en zonas urbanas; se desataca que a la fecha no se han identificado aquellos sitios contaminados que podrían afectar comunidades indígenas en el país.

Remediación de sitios contaminados

La remediación se define como un conjunto de medidas a las que se someten los sitios contaminados para eliminar o reducir los contaminantes hasta un nivel seguro para la salud y el ambiente, o prevenir su dispersión en el ambiente sin modificarlos.

Los responsables de la remediación de un sitio contaminado con materiales o residuos peligrosos son:

  1. Las personas físicas o morales que, directa o indirectamente, contaminen un sitio u ocasionen un daño o afectación al ambiente;
  2. Las personas responsables de actividades relacionadas con la generación y manejo de materiales y residuos peligrosos que hayan ocasionado la contaminación de sitios con éstos, y
  3. Los propietarios o poseedores de predios de dominio privado y los titulares de áreas concesionadas, cuyos suelos se encuentren contaminados.

La SEMARNAT puede participar en la remediación de un sitio contaminado con materiales o residuos peligrosos que representa un riesgo al ambiente y a la salud cuando:

  1. En el caso de declaratoria de un sitio contaminado como abandonado;
  2. Haya sido expropiado por causa de utilidad pública;
  3. Se haya expedido una declaratoria de remediación por el Ejecutivo Federal;
  4. El sitio sea propiedad de alguna entidad federativa o municipio, o
  5. Haya sido ordenada la remediación por mandato federal o a través de un laudo arbitral internacional.
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Objetivos prioritarios

La SEMARNAT, a través de la DGGIMAR tiene entre sus fines promover acciones que permitan apoyar la remediación de sitios contaminados, mismas que se resumen en los siguientes objetivos prioritarios:

  1. Fortalecer el Inventario Nacional de Sitios Contaminados
  2. Promover acciones de remediación en sitios contaminados para contribuir al bienestar de la población
  3. Fortalecer el marco normativo para la remediación de sitios contaminados
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Promoción de acciones de remediación en sitios contaminados

Con base en la identificación de los motivos por los que no se han concluido o no se han aprobado los programas de remediación, será posible elaborar una propuesta de mejora al procedimiento del trámite para que los responsables obtengan la aprobación de dicho programa o concluyan la remediación.

Por otra parte, se exhortará a los responsables de la remediación a obtener las autorizaciones necesarias. Por último, se establecerá un programa que considere visitas de inspección para el seguimiento de los sitios contaminados a través de PROFEPA y la ASEA; así como la evaluación de la conformidad por medio de organismos de tercera parte (unidades de verificación y laboratorios de prueba).

Visión hacia el futuro

Con el cumplimiento de las metas referentes a los Sitios Contaminados, la actual administración reafirma el compromiso de que la información a disposición del público en general sobre este tipo de sitios se integre con datos fidedignos y actualizados, logrando identificar plenamente los sitios que sí están contaminados para incorporarlos al INSC y se podrán diferenciar de aquellos que fueron limpiados, mismos que podrán ser eliminados de dicho inventario. Con estos avances, se priorizará su atención cumpliendo con las atribuciones en materia de remediación de sitios, de acuerdo a lo que establece la LGPGIR y adicionalmente se tendrá un inventario actualizado en el año 2024.

Lo anterior, permitirá que en el año 2040 se pueda observar en el INSC, información más confiable, detallada y precisa para conocer la tendencia de la contaminación a nivel nacional, es decir, identificar plenamente qué contaminantes son los más recurrentes en los sitios, cómo se distribuyen, y qué cantidad de suelo y agua se encuentran afectados.

* Con especial agradecimiento a Daniela Cobo˘ por su colaboración en esta Alerta GT.

˘ Pasante.