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Envía COFECE prevenciones a la Cámara Nacional de la Industria Azucarera y Alcoholera por un aumento en el precio del alcohol, sus derivados y algunos insumos para su elaboración, que podría ser producto de un acuerdo entre agentes económicos

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) informa que la Autoridad Investigadora, en uso de sus facultades, remitió ayer advertencias a la Cámara Nacional de la Industria Azucarera y Alcoholera (CNIAA) y a diversos miembros de esta, debido a que tiene conocimiento de que podría existir un aumento en el precio del alcohol puro, sus derivados y de algunos de los insumos que se requieren para su elaboración, dentro de los cuales se encuentra la melaza. Esta alza podría ser consecuencia de la posible existencia de acuerdos entre competidores para manipular el precio de los productos referidos.

COFECE indicó que el país enfrenta actualmente la epidemia de COVID-19 causada por el virus SARS-CoV2, que el Consejo de Salubridad Nacional ha definido como enfermedad grave de atención prioritaria. Para la implementación efectiva de medidas de mitigación y control de riesgos sanitarios se requiere indispensablemente de una importante cantidad de productos que contienen alcohol puro, por lo que resulta relevante que la Comisión vigile que los precios de este y de los productos que se estiman prioritarios en esta contingencia no sean resultado de conductas prohibidas por la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).

Adicional a la prevención que se hizo, la COFECE exhortó a la CNIAA a fomentar y vigilar que sus afiliados tomen decisiones de comercialización de manera estrictamente individual, conforme a sus estrategias de negocio, hecho obligado en un entorno de precios libres, o inclusive de precios máximos de venta al público. También reiteró que la coordinación o intercambio de información entre agentes económicos competidores para establecer precios constituye prácticas monopólicas absolutas, las cuales, en su caso, pueden ser sujetas, entre otras sanciones, a multas de 10% de los ingresos de cada agente económico que participe en el acuerdo, e incluso responsabilidad penal a las personas físicas participantes del acuerdo, que se sancionará con 5 a 10 años de prisión y con 1,000 a 10,000 UMAs de multa.

En 2016 diversos industriales azucareros fueron sancionados por la realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de azúcar. Específicamente, la CNIAA fue multada por haber coadyuvado en dicho acuerdo, por lo que, conforme a la LFCE, podría ser considerada reincidente y hacerse acreedora al doble de la multa que le correspondería.

Esta Alerta GT no aplica para asuntos o leyes en Estados Unidos, ni para otras jurisdicciones fuera de México.