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CRE extiende la suspensión de plazos y términos legales hasta el 30 de abril por la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19.

La Comisión Reguladora de Energía (CRE), mediante Acuerdo número A/014/2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de abril de 2020, estableció que derivado de la emergencia sanitaria declarada por el Consejo de Salubridad General por el virus SARS-CoV2, así como por las acciones extraordinarias establecidas por la Secretaría de Salud por la pandemia del COVID-19, se extiende hasta el 30 de abril de 2020 el período de suspensión de plazos y términos legales en la CRE previsto en el Acuerdo número A/010/2020, publicado el 24 de marzo de 2020.

Esto significa que todos los plazos relativos a las actuaciones, requerimientos, solicitudes o promociones realizadas ante la CRE durante el periodo señalado se tendrán por suspendidos, y se reanudarán a partir del 4 de mayo de 2020.

Es importante señalar que la suspensión de los plazos objeto de este acuerdo no suspende los deberes de cumplir con las demás obligaciones derivadas de la normatividad aplicable o del permiso que corresponda, que no requieren de la presentación de ninguna información o confirmación del cumplimiento de estas por parte de la CRE.

Esta Alerta GT no aplica para asuntos o leyes en Estados Unidos, ni para otras jurisdicciones fuera de México.