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Iniciativa de la Ley para el Desarrollo Agrario en materia de consultas indígenas.

Parte 5 de 5.

En octubre de 2018, el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), presentó ante el Senado de la República la iniciativa de la Ley para el Desarrollo Agrario, la cual de ser aprobada abrogaría la actual Ley Agraria (la “Ley”).

Aspectos relevantes de la iniciativa de la Ley respecto a consulta sobre implementación de proyectos en ejidos y comunidades de pueblos indígenas:

La iniciativa de la Ley contempla un capítulo dedicado a los procedimientos para llevar a cabo consultas sobre la implementación de proyectos en ejidos y comunidades pertenecientes a pueblos indígenas. Los aspectos más relevantes son:

  1. Se establece que los ejidos o comunidades que pertenezcan a un pueblo indígena y cuyas tierras se pretendan utilizar para proyectos de inversión pública o privada, tienen derecho a que se les consulte sobre llevar a cabo un proyecto, a efecto de que conozcan los impactos sociales, económicos y ambientales, incluyendo los aspectos positivos y negativos que pudiera implicar la implementación de proyectos en sus tierras.

  2. El propósito de la consulta es promover la participación activa, libre, efectiva e informada para los procesos de tomas de decisiones en las tierras ejidales o comunales que pertenezcan a pueblos indígenas.

  3. El nivel de participación y determinación de los resultados de la consulta estará vinculado al grado de afectación del proyecto en el desarrollo económico, político y social.

  4. Si con base en la consulta y en lo manifestado por el proyecto, la autoridad determina que la ejecución del mismo impactará de manera significativa el modo de vida del ejido o comunidad mediante la pérdida o desalojo de tierras, el posible reasentamiento de la población afectada, el agotamiento de recursos necesarios para la subsistencia física y cultural, la destrucción o contaminación del medio ambiente, la desorganización social y comunitaria, impactos negativos a la salud, entre otros, deberá obtenerse durante la planeación del proyecto, el consentimiento previo, libre e informado de los integrantes del ejido o comunidad. Esta nueva obligación puede afectar de manera significativa a los proyectos ya que además de tener la obligación de contar con todos los permisos necesarios para la construcción, operación y mantenimiento de los mismos, también requerirán obtener el consentimiento previo de las comunidades indígenas.

  5. En caso de que se no obtenga el consentimiento de los integrantes del ejido o comunidad señalado en el punto anterior, esto podría ser considerado como un incumplimiento a la legislación y, por ende, sancionado en términos de la Ley o de las leyes supletorias de esta.

En caso de requerir un análisis legal más puntual en relación con la nueva iniciativa, no duden en contactarnos, sabemos que es un tema de suma relevancia para la inversión privada en México.