Durante el mes de diciembre de 2025, se publicaron diversos acuerdos y decretos relevantes en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) en materia ambiental, mismas que se resumen a continuación:
I. Acuerdo mediante el cual se dan a conocer los trámites a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales habilitados en la Ventanilla Electrónica Ambiental
El 16 de diciembre de 2025, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (“SEMARNAT”) se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Acuerdo mediante el cual se dan a conocer los trámites a cargo de la SEMARNAT habilitados en la Ventanilla Electrónica Ambiental (“VEA”) en materia de residuos, impacto ambiental, y prevención y control de la contaminación de la atmósfera.
A través de este Acuerdo, se informa al público en general que los siguientes trámites podrán ser ingresados y resueltos mediante la VEA:
i. SEMARNAT-04-005, Aviso de desistimiento de la autorización en materia de impacto ambiental.
ii. SEMARNAT-04-007, Aviso de no requerimiento de autorización en materia de impacto ambiental.
iii. SEMARNAT-04-009, Aviso de cambio de titularidad de la autorización de impacto ambiental.
iv. SEMARNAT-05-004, Aviso de combustión a cielo abierto.
v. SEMARNAT-07-017, Registro de generadores de residuos peligrosos.
vi. SEMARNAT-07-035-A, Propuesta de remediación. Modalidad A: Emergencia Ambiental.
vii. SEMARNAT-07-035-B Propuesta de remediación. Modalidad B: Pasivo Ambiental.
La plataforma estará disponible las 24 horas del día, todos los días del año. A partir de junio de 2026, los trámites mencionados en el Acuerdo deberán realizarse únicamente a través de la VEA.
El Acuerdo entrará en vigor 15 días hábiles después de su publicación en el DOF.
II. Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en relación con la participación de la Guardia Nacional en tareas de inspección y vigilancia
El 17 de diciembre de 2025, la presidente Claudia Sheinbaum publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman y adicionan disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (“LGEEPA”).
Las reformas y adiciones buscan dar facultades a la Guardia Nacional para participar en las visitas de inspección que realiza la autoridad para verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia ambiental, incluyendo aquellas efectuadas en áreas naturales protegidas. Asimismo, podrá intervenir por la fuerza en caso de que los sujetos inspeccionados obstaculicen o se opongan a la visita de inspección.
El Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional deberá ser reformado en un plazo máximo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del Decreto, a fin de incluir y se detallar las nuevas facultades conferidas.
El Decreto entró en vigor el 18 de diciembre de 2025.
III. Acuerdo mediante el cual se expiden los costos para la compensación ambiental por cambio de uso del suelo en terrenos forestales y la metodología para su estimación
El 26 de diciembre de 2025, la SEMARNAT publicó en el DOF el Acuerdo mediante el cual se expiden los costos para la compensación ambiental por cambio de uso del suelo en terrenos forestales y la metodología para su estimación, mediante el cual se actualizan los precios por el cambio de uso de suelo. Los nuevos precios son los siguientes:
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Concepto |
Costos de referencia (pesos mexicanos por hectárea) |
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Templado |
Tropical |
Árido |
Humedales y transición tierra-mar (manglares, dunas costeras y sistemas insulares) |
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Actividades u obras de restauración o reforestación y su mantenimiento |
$198,395.50 |
$173,071.75 |
$178,483.50 |
$275,795.50 |
La metodología de cálculo clasifica la vegetación del país en grandes grupos ecosistémicos, que incluyen zonas templadas, tropicales, áridas y humedales costeros. Para determinar el monto que debe pagar el interesado, se consideran criterios técnicos que abarcan desde la protección inicial del área hasta un periodo de mantenimiento prolongado para asegurar la supervivencia de la vegetación. El costo se integra mediante el análisis de la mano de obra, el consumo de materiales e insumos, y el uso de maquinaria y herramientas especializadas.
Los costos están calculados de tal forma que su cobro permita financiar la restauración efectiva de ecosistemas en superficies equivalentes a las afectadas, priorizando la recuperación de sus funciones naturales dentro de la misma cuenca hidrográfica.
El presente acuerdo entrará en vigor el próximo lunes 12 de enero de 2026 y abroga el acuerdo publicado en el DOF para los mismos fines el 8 de marzo de 2023 en el DOF.
IV. Programa Institucional del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático 2025-2030
El 26 de diciembre de 2025, la SEMARNAT publicó en el DOF el Programa Institucional del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático 2025-2030 (el “Programa”), mediante el cual establece las directrices y objetivos que guiarán la laboral de instituto en la mitigación del cambio climático. Los puntos más relevantes se resumen a continuación:
El Programa establece cinco objetivos prioritarios:
i. Generación de Conocimiento: Producir información científica para la toma de decisiones gubernamentales.
ii. Soporte a la Política Nacional: Acompañamiento técnico en el diseño de la Política Nacional de Cambio Climático y Protección al Medio Ambiente.
iii. Fortalecimiento de Capacidades: Capacitación de sectores público, social y académico para enfrentar retos climáticos.
iv. Cultura y Acceso a la Información: Fomentar el acceso ciudadano al conocimiento técnico y científico.
v. Cumplimiento Internacional: Asegurar que México cumpla con sus compromisos internacionales (Acuerdo de París, Objetivos de Desarrollo Sustentable, etc.).
En línea con lo anterior, el Programa establece distintas directrices para cada sector relevante en materia de Cambio Climático:
i. Sector Energético: Transición hacia combustibles y tecnologías limpias; adopción de eficiencia energética y reducción de emisiones fugitivas de metano en la industria del petróleo y gas.
ii. Sector Industrial: Implementación de esquemas de producción y consumo sustentable, fomento de la cogeneración y reducción de la huella de carbono.
iii. Sector Agropecuario y Forestal: Meta de cero deforestación neta y control estricto sobre el uso de Organismos Genéticamente Modificados, los cuales han sido detectados de forma ilícita en diversas entidades.
iv. Gestión de Residuos: Transición hacia una economía circular y erradicación de quemas a cielo abierto.
El presente Programa entró en vigor desde su publicación en el DOF y reemplaza el programa para el periodo 2020-2024.