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Simplificación, modificación y expedición de trámites y formatos que se presentan ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

El 20 de noviembre de 2025, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (“SEMARNAT”) publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Acuerdo por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa aplicadas. En dicho Acuerdo se expiden y modifican los formatos de los trámites a cargo de la SEMARNAT, emisiones a la atmósfera, vida silvestre, residuos peligrosos, materiales y sustancias peligrosas. (“Acuerdo”).

A continuación, se resumen los puntos más relevantes:

I. Simplificaciones administrativas

Trámite

Mejora implementada

Trámites a cargo de la Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico

SEMARNAT-03-027

· Se admiten documentos en formato digital para su trámite.

· Se reducen de 10 a 7 requisitos.

SEMARNAT-03-033

· Se admiten documentos en formato digital para su trámite.

· Se reducen de 9 a 5 requisitos.

SEMARNAT-03-041-A

· Se admiten documentos en formato digital para su trámite.

SEMARNAT-03-056-A y SEMARNAT-03-056-B

· Se fusionan para quedar como el trámite SEMARNAT-03-056, Solicitud de refrendo de la autorización de aprovechamiento de recursos forestales maderables al término de un ciclo de corta.

SEMARNAT-03-064

· Se admiten documentos en formato digital para su trámite.

· Se reducen de 11 a 9 requisitos.

SEMARNAT-03-066

· Se reducen de 11 a 9 requisitos.

SEMARNAT-2020-071-007-A

· Se admiten documentos en formato digital para su trámite.

SEMARNAT-2022-071-006-A

· Se admiten documentos en formato digital para su trámite.

SEMARNAT-2023-071-003-A

· Se admiten documentos en formato digital para su trámite.

· Se reducen de 9 a 6 requisitos.

Trámites a cargo de la Dirección General de Industria, Energías Limpias y Gestión de la Calidad del Aire

SEMARNAT-05-004

· Se reducen de 6 a 3 requisitos.

SEMARNAT-05-005-A y SEMARNAT-05-005-B

· Se modifica el formato FF-SEMARNAT-114 para fusionar ambos trámites.

· Se reducen de 14 a 2 y de 5 a 2 requisitos, respectivamente.

SEMARNAT-05-007

· Se reduce el plazo de 60 a 40 días hábiles.

· Se reducen de 5 a 2 requisitos.

Trámites a cargo de la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas

SEMARNAT-07-015

· Se reduce el plazo máximo de atención a 9 días hábiles.

SEMARNAT-07-016

· Se reduce el plazo máximo de atención a 14 días hábiles.

· Se reducen de 6 a 5 requisitos.

SEMARNAT-07-021

· Se reducen de 4 a 3 requisitos.

SEMARNAT-07-024

· Se modifica para quedar como SEMARNAT-07-024, Registro, incorporación, modificación y cancelación de planes de manejo.

· Se reducen de 9 a 5 requisitos.

SEMARNAT-07-029 y SEMARNAT-07-022-C

· Se fusionan para quedar como SEMARNAT-07-029 Autorización para Movimiento Transfronterizo de Residuos, Modificaciones y Prórrogas.

SEMARNAT-07-030-A y SEMARNAT-07-030-B

· Se fusionan para quedar como SEMARNAT-07-030 Reporte de uso del movimiento transfronterizo de residuos y retorno de residuos peligrosos.

SEMARNAT-07-034-A, SEMARNAT-07-034-C y SEMARNAT-07-034-D

· Se fusionan para quedar como SEMARNAT-07-034 Aviso de suspensión y cierre de instalaciones.

SEMARNAT-07-035-A, SEMARNAT-07-035-B y SEMARNAT-07-036

· Se fusionan para quedar como SEMARNAT-07-035, Propuesta y Conclusión de remediación.

SEMARNAT-07-017

· Se actualiza el formato FF-SEMARNAT-090 para quedar SEMARNAT-07-017, Registro de generadores de residuos peligrosos y sus modificaciones.

SEMARNAT-07-022-A

· Se reducen de 10 a 5 requisitos.

SEMARNAT-07-022-B

· Se reducen de 3 a 2 requisitos.

SEMARNAT-07-033-G.

· Se modifica para quedar como SEMARNAT-07-033, Autorización y modificación para el manejo de residuos peligrosos, Tratamiento de suelos contaminados.

Trámites a cargo de la Dirección General de Vida Silvestre

SEMARNAT-08-004

· Se reduce el plazo máximo de atención de 90 a 30 días hábiles.

SEMARNAT-08-009

· Se reducen de 6 a 5 requisitos.

SEMARNAT-08-039

· Se reduce el plazo máximo de atención de 60 a 20 días hábiles.

· Se elimina el requisito de entrega de copias simples.

SEMARNAT-08-044

· Se reducen de 4 a 3 requisitos.

SEMARNAT-08-049-A y SEMARNAT-08-049-C

· Se fusionan para quedar como SEMARNAT-08-049, Licencia de colecta científica en materia de vida silvestre.

 

II. Modificación de formatos oficiales a cargo de la SEMARNAT

Los formatos oficiales de los siguientes trámites fueron modificados y cambiaron su número de formato: 

Homoclave del trámite

Número de formato

SEMARNAT-08-044

FF-SEMARNAT-001

SEMARNAT-08-004

FF-SEMARNAT-006

SEMARNAT-08-009

FF-SEMARNAT-008

SEMARNAT-08-039

FF-SEMARNAT-017

SEMARNAT-03-033

FF-SEMARNAT-029

SEMARNAT-03-066

FF-SEMARNAT-031

SEMARNAT-05-002

FF-SEMARNAT-033

SEMARNAT-07-024

FF-SEMARNAT-034

SEMARNAT-07-022-A

SEMARNAT-07-022-B

FF-SEMARNAT-036

SEMARNAT-07-030

FF-SEMARNAT-037

SEMARNAT-07-034

FF-SEMARNAT-042

SEMARNAT-07-033

FF-SEMARNAT-043

SEMARNAT-07-029

FF-SEMARNAT-044

SEMARNAT-07-021

FF-SEMARNAT-046

SEMARNAT-03-041-A

FF-SEMARNAT-050

SEMARNAT-03-027

FF-SEMARNAT-061

SEMARNAT-03-056

FF-SEMARNAT-077

SEMARNAT-07-015

FF-SEMARNAT-088

SEMARNAT-07-016

FF-SEMARNAT-089

SEMARNAT-07-017

FF-SEMARNAT-090

SEMARNAT-07-035

FF-SEMARNAT-094

SEMARNAT-08-049

FF-SEMARNAT-104

SEMARNAT-05-005-A

y

SEMARNAT-05-005-B

FF-SEMARNAT-114

SEMARNAT-05-007

FF-SEMARNAT-115

SEMARNAT-05-004

FF-SEMARNAT-129

 

III. Nuevos formatos oficiales a cargo de la SEMARNAT

Homoclave del trámite

Nombre del trámite

Formato

SEMARNAT-2023-071-003-A

Trámite unificado aviso de actividades agroforestales.

FF-SEMARNAT-122

SEMARNAT-03-064

Trámite unificado de aprovechamiento forestal.

FF-SEMARNAT-135

SEMARNAT-2022-071-006-A

Informe anual de las superficies plantadas y volúmenes de materias primas obtenidas del aprovechamiento de plantaciones forestales comerciales.

FF-SEMARNAT-136

SEMARNAT-2020-071-007-A

Aviso para modificar los métodos, actividades, especies y demás datos de las plantaciones forestales comerciales, así como incorporar o reducir superficie a la unidad de producción.

FF-SEMARNAT-137

El presente Acuerdo entrará en vigor a los quince días hábiles siguientes a su publicación en el DOF. Por lo tanto, a partir del 11 de diciembre de 2025 deberán usarse los nuevos formatos contenidos en los Anexos del presente Acuerdo para realizar los trámites correspondientes.