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El 28 de Abril de 2022 se emitieron dos Decretos a través del Diario Oficial de la Federación:
- El Decreto por el que se Reforma la Fracción IX del Artículo 132 y la Fracción V del Artículo 204 de la Ley Federal del Trabajo, en donde se estipulan las obligaciones patronales.
- El Decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 512 de la Ley Federal del Trabajo, en donde se estipulan los Riesgos de Trabajo.
Obligaciones Patronales.
El artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo cuenta con 39 fracciones donde se estipulan diversas obligaciones patronales que son de observancia general para todos los empleadores constituidos en territorio mexicano, por ello es de suma importancia conocer sus modificaciones y/o adiciones.
En el presente Decreto y la modificación de la fracción IX del citado artículo, únicamente se adiciona un permiso especial a los trabajadores para ejercer su derecho de voto sobre los procesos de revocación de mandato en caso de que el mismo, se lleve a cabo dentro del horario laboral. Para mejor referencia, se exhibe un cuadro comparativo sobre la legislación anterior con la actualizada.
Legislación Anterior |
Legislación Actualizada |
"…Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares, y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales, censales, a que se refiere el artículo 5°, de la Constitución, cuando estas actividades deban cumplirse dentro de sus horas de trabajo…" |
"…Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares, los procesos de revocación de mandato y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales, censales, a que se refiere el artículo 5°, de la Constitución, cuando estas actividades deban cumplirse dentro de sus horas de trabajo…" |
De igual forma, dentro del Capítulo III de la Ley Federal del Trabajo concerniente a los trabajadores de los Buques, se modifica la fracción V en el mismo sentido:
Legislación Anterior |
Legislación Actualizada |
"…Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares, siempre que la seguridad del buque lo permita y no se entorpezca su salida en la fecha y hora fijadas…" |
"…Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares y los procesos de revocación de mandato siempre que la seguridad del buque lo permita y no se entorpezca su salida en la fecha y hora fijadas…" |
Riesgos de Trabajo.
El artículo 512 de la Ley Federal del Trabajo pertenece al Título Noveno que regula los Riesgos de Trabajo. El objetivo de esta reforma es que se considere el uso de las nuevas tecnologías y herramientas de trabajo innovadoras para coadyuvar a las labores de seguridad en los centros de trabajo evitando altos riesgos.
El artículo 512 de la Ley Federal del Trabajo menciona:
“En los reglamentos de esta Ley y en los instructivos que las autoridades laborales expidan con base en ellos, se fijarán las medidas necesarias para prevenir los riesgos de trabajo y lograr que éste se preste en condiciones que aseguren la vida y la salud de los trabajadores…”
Se adiciona lo siguiente:
“…En los casos en los que existe un alto riesgo que implique la pérdida de la vida o se comprometa seriamente la salud del trabajador, considerando, sobre todo la naturaleza del trabajo, las disposiciones reglamentarias o normativas considerarán el uso de la tecnología y de las herramientas de trabajo que sean innovadoras y que coadyuven a las labores de seguridad en los centros de trabajo…”
Las empresas deben identificar todas las Normas Oficiales Mexicanas aplicables de acuerdo con su objeto social y las actividades que ejecutan para el desempeño de sus funciones, cumpliendo además con la normativa base de la Ley Federal del Trabajo.
Esta Alerta GT no aplica para asuntos o leyes en Estados Unidos, ni para otras jurisdicciones fuera de México.