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Modificación a las reglas para el funcionamiento de la Oficialía de Partes Electrónica de la CRE

Con fecha 28 de septiembre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) la Resolución RES/342/2012, por medio de la cual la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) expidió las reglas generales para el funcionamiento de la Oficialía de Partes Electrónica (“OPE”). Posteriormente, el 6 de junio de 2014, se publicó una nueva resolución RES/194/2014, por la que se modificó la previamente mencionada. Finalmente, mediante resolución RES/195/2023, publicada en el DOF el 19 de mayo de 2023, la cual entró en vigor al día siguiente de su publicación, se adicionaron cuatro párrafos al resolutivo tercero de la resolución RES/194/2014.

Resumen de las modificaciones

El resolutivo tercero ahora indica que todas aquellas personas interesadas y permisionarios que efectúen por primera vez alguno de los trámites señalados en los Anexos 3 y 4 de la RES/194/2014, previa realización de cualquier trámite ante la OPE, deberán tramitar una carta de aceptación de uso exclusivo de medios de comunicación electrónica.

Será necesario generar una cita a través del sistema electrónico, en el sitio web www.ope.cre.gob.mx, ya sea en la modalidad física o electrónica. 

Para la modalidad electrónica, deberá solicitarse el registro como persona moral, física, a nombre propio, sucesión o revocación de representante legal y deberán cargarse a través de internet los archivos digitales correspondientes. En caso de aprobación, quedará como persona acredita ante la Comisión.

Para la modalidad física, deberá solicitarse un registro como persona moral, persona física, a nombre propio, en caso de sucesión o para revocación de representante legal y a la fecha de la cita se deberán presentar original o copia certificada tanto física como en medio magnético de la documentación para su revisión en la OPE. De ser correcta la documentación, ese mismo día se entregará la carta de aceptación. 

Trámites que requieren una carta de aceptación

De acuerdo con lo mencionado previamente, la realización por primera vez de los trámites previstos en los Anexos 3 y 4 de la RES/194/2014, requieren de la tramitación de una carta de aceptación, cuyo formato se encuentra en el Anexo 2 de la resolución.

En seguida se enlistan los trámites más relevantes previstos en los Anexos 3 y 4.

Anexo 3- Promociones que se podrán presentar a través de la Oficialía de Partes Electrónica

A.  Gas licuado de petróleo

  1. Solicitud de permiso.
  2. Otorgamiento de permisos para el servicio de transporte por medio de ductos y ductos para autoconsumo.
  3. Solicitud de extinción de permiso.
  4. Solicitud de autorización de cesión de permiso.
  5. Aviso de gravamen del permiso.
  6. Aviso de cualquier hecho o acto que ponga en riesgo la posesión o propiedad sobre el sistema.
  7. Aviso sobre la localización de puntos de entrega y recepción (transporte por ducto).
  8. Aviso sobre la localización de puntos de entrega y recepción (distribución por ducto).
  9. Solicitud de autorización para suspensión de servicios de aprobación de programa para enfrentar la situación.
  10. Presentación anual del programa de mantenimiento del sistema y comprobación de su cumplimiento.

B.  Gas natural

  1. Aviso de inicio de operaciones.
  2. Presentación del plan de negocios para la revisión quincenal de tarifas.
  3. Solicitud de permiso de acceso abierto.
  4. Otorgamiento de permisos de transporte para usos propios simples/ para usos propios en la modalidad de sociedad de autoabastecimiento.
  5. Otorgamiento de permisos de almacenamiento de gas natural de acceso abierto/ para usos propios.
  6. Solicitud de modificación de permisos para usos propios.
  7. Solicitud de terminación anticipada de permiso.
  8. Aviso de gravamen de permiso para otros fines.
  9. Presentación anual del programa de mantenimiento del sistema y comprobación de su cumplimiento.
  10. Solicitud de modificación de zona geográfica.

C.  Gas licuado de petróleo y gas natural

  1. Solicitud de modificación de permiso.
  2. Solicitud de modificación de permiso de acceso abierto.

D.  Electricidad y energías renovables

  1. Solicitud de permiso de generación o importación de energía eléctrica.
  2. Solicitud de autorización para la transferencia de los derechos derivados del permiso de generación o importación.
  3. Renuncia de permiso.
  4. Aviso de conclusión de obras.
  5. Presentación de propuestas de modelos de contrato o convenio para la realización de las actividades reguladas.
  6. Informe anual de aportaciones solicitadas, efectuadas y aplicadas.
  7. Informe semestral sobre inicio y terminación de operación de generadores renovables para autoabastecimiento con capacidad menos a 0.5 MW y energía intercambiada con el Sistema Eléctrico Nacional.
  8. Solicitud de autorización de cesión de derechos de capacidad asignada mediante temporada abierta.
  9. Acreditación de representantes legales.
  10. Cambio de domicilio para oír y recibir notificaciones.
  11. Cambio de razón social.
  12. Comprobación de pago de derechos por supervisión anual.

E.  Ventas de primera mano

  1. Acreditación de representantes legales.

F.  Otros

  1. Consultas y peticiones de personas físicas y morales que no realizan actividades reguladas.

 

Anexo 4- Trámites que se deberán presentar exclusivamente a través de la Oficialía de Partes Electrónica

A.  Gas licuado de petróleo

  1. Solicitud de autorización para la cesión del permiso.
  2. Aviso sobre instalaciones o equipos que no cumplan con normas oficiales mexicanas.
  3. Aviso inmediato de hechos que pongan en riesgo la vida, la salud y la seguridad pública.
  4. Presentación de información requerida para fines de regulación.
  5. Presentación de obligaciones.
  6. Aviso de modificación a programas de mantenimiento, seguridad y contingencias.
  7. Revisión de los parámetros utilizados en la determinación del ingreso máximo.
  8. Solicitudes de intervención de la CRE.
  9. Presentación del aviso de gravamen.

B.  Gas licuado de petróleo y gas licuado natural

  1. Cumplimiento de obligaciones.
  2. Formulación de observaciones y ofrecimiento de pruebas en relación con la visita de verificación.
  3. Consultas.
  4. Cambio de domicilio para oír y recibir notificaciones.

C.  Electricidad y energías renovables

  1. Autorización para modificar las condiciones originales de generación o el destino de la energía eléctrica.
  2. Solicitud de autorización a las personas que realicen la medición de variables en los sistemas de cogeneración.
  3. Informes estadísticos de operación.

D.  Ventas de primera mano

  1. Información diversa.
  2. Solicitudes de aprobación y expedición.
  3. Informes de condiciones especiales en las ventas de primera mano de gas natural.

E.  Otros

  1. Aprobación de la lista de tarifas y sus modificaciones.
  2. Verificación y vigilancia de la contratación y vigencia de la póliza de seguro de responsabilidad civil.
  3. Pago electrónico e5cinco.

* Con especial agradecimiento a Paula Maria De Uriarte˘ por su colaboración en esta Alerta GT.
˘ Pasante.

* Esta Alerta GT no aplica para asuntos o leyes en Estados Unidos, ni para otras jurisdicciones fuera de México.